Breves de la Semana
UNIÓN EUROPEA DECIDE LEGISLAR SOBRE
PUBLICIDAD ALIMENTARIA


Por Rolanbdo Arturo Leiva
8 septiembre 2007


Heidelberg, (Alemania) - Buscando aparentemente proteger al consumidor europeo
del uso tendencioso de ciertos términos utilizados habitualmente en la publicidad
alimentaria, la Unión Europea ha decidido dictar una serie de normas tendentes a
regular el uso de los adjetivos que se usan para favorecer la compra de
determinados productos.


Dentro de ellos, caen términos como superfood o superalimentos, alimentos de bajo
contenido en azúcar o sal, alimentos de bajo contenido calórico, alimentos contra el
cáncer o buenos para el corazón, etc-, los cuales en, lo sustancial, de aquí en
adelante, -y de acuerdo a la nueva legislación-, deberán ser comprobados
científicamente antes de ser usados.


La legislación se aplicará tanto a bebidas como alimentos que se destinen al
consumo dentro del espacio de la Unión Europea.


En términos generales, la legislación recoge las críticas de diferentes sectores de
consumidores, incluídos nutricionistas, que esgrimen como argumento la falta de
pruebas existentes para calificar a alguno como un superalimento o con propiedades
especiales para la salud. En la actualidad, se considera que se da el caso de más
de 100 distintos productos alimenticios a los cuales se califica como “superalimentos”.
La práctica, en el pasado, y especialmente en los EEUU, ya ha dado
lugar a diversas querellas que han presentado agrupaciones de consumidores
contra compañías alimentarias por el uso de etiquetas publicitarias sin estar
confirmadas. En un caso, por ejemplo, la compañía Cell Tech de California, que
comercializaba productos alimenticios como las super algas verdes y azules, sería
demandada por considerar los demandantes no haber nada que comprobara los
asertos de la compañía de tener esos alimentos propiedades superiores a las
normales.


Sin embargo, argumentando algunos que la nueva legislación limita el derecho de
los consumidores a informarse sobre la manera como determinadas compañías
productoras califican a sus productos, la nueva legislación ha sido recibida con
reacciones diversas y a veces encontradas.


La legislación recién dictada, otorga un tiempo de dos años a las compañías
productoras para que adjunten las pruebas científicas que permitan seguir
efectuando la misma publicidad a los productos alimenticios comercializados como
hasta el presente.-


Rolando Arturo Leiva
Heidelberg, Alemania
8 septiembre 2007

 

 

(Una versión de este artículo fue publicada en el Sitio Web InterEuropaReporte año 2007)